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Asistencia técnica para la creación e implementación del Observatorio sobre Violencia Escolar de Fe y Alegría

Caracas

  • Organization: UNICEF - United Nations Children’s Fund
  • Location: Caracas
  • Grade: Level not specified - Level not specified
  • Occupational Groups:
    • Monitoring and Evaluation
  • Closing Date: Closed

PNUD

Asistencia técnica para la creación e implementación del Observatorio sobre Violencia Escolar de Fe y Alegría

Consultoría Nacional o Internacional

1.  Justificación

La organización Fe y Alegría de Venezuela (FyA) ha solicitado al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) apoyo para la creación e implementación de un observatorio sobre violencia escolar que permita hacer seguimiento a este problema en las escuelas de FyA con miras a la toma de decisiones informada e implementación de programas de convivencia escolar basados en evidencias.
Para ello, se han acordado acciones en el plan de trabajo conjunto FyA - UNICEF a ejecutarse entre 2017 y 2018. Uno de los requerimientos previstos es la contratación de un experto internacional que brinde acompañamiento técnico al equipo nacional, transfiriendo los conocimientos, metodologías y herramientas existentes para la constitución de un observatorio social, y específicamente un observatorio sobre violencia escolar.
 
2. Resultados Esperados

FyA cuenta con un Observatorio sobre Violencia Escolar funcionando, sostenible y útil para la toma de decisiones y el seguimiento de la situación de la violencia en el entorno escolar, así como el seguimiento a los programas y otras iniciativas desarrolladas para la transformación de esta situación hacia la convivencia pacífica y la cultura de paz dentro de este entorno.
 
3. Productos Esperados

3.1 Plan y cronograma de trabajo acordado.
3.2 Documento metodológico con el diseño conceptual del Observatorio, requerimientos técnicos, administrativos y financieros para su implementación y funcionamiento óptimo.
3.3 Propuesta de batería de indicadores cuantitativos y cualitativos para el seguimiento de la violencia en el entorno escolar. La propuesta debe incluir la descripción detallada de las fuentes o medios de verificación necesarios.
3.4 Mapa de actores involucrados en la recopilación, procesamiento y análisis de la información pertinente para el observatorio.
3.5 Equipo responsable de conducir el observatorio cuenta con los conocimientos, herramientas y habilidades necesarias para asegurar su sostenibilidad.
 
4. Responsabilidades

4.1  Responsabilidades del consultor :

4.1.1. Entregar todos los productos esperados en los tiempos acordados y con la calidad esperada por UNICEF;
4.1.2. Utilizar procedimientos que aseguren la calidad de la información presentada y se enmarquen en los instrumentos legales tanto nacionales como internacionales entre los que se destacan: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la Convención sobre los Derechos del Niño;
4.1.3. Atender reuniones u otras actividades programadas con UNICEF para el seguimiento de esta consultoría;
4.1.4. No representar a UNICEF ante cualquier persona o institución; y
4.1.5. En caso de consultoría individual, realizar y aprobar los cursos suministrados por UNICEF.
 
4.2 Responsabilidades de UNICEF:

4.2.1. Proveer orientaciones técnicas sobre el trabajo a desarrollar, así como revisar y aprobar el plan de trabajo y los productos esperados;
4.2.2. Asegurar la coordinación del consultor con el equipo nacional designado para adelantar la creación e implementación del observatorio;
4.2.3. Acordar las fechas de las sesiones de discusión con el consultor vía skype; y
4.2.4. Ejercer la representación institucional de UNICEF es exclusivamente responsabilidad de funcionarios/as autorizados/as de UNICEF.
En caso que UNICEF requiera de ajustes, lo comunicará a la persona consultora antes de la finalización de los informes.
 
5. Supervisión

La consultoría estará bajo la supervisión de la Oficial de Protección en coordinación con la Oficial de Monitoreo y Evaluación de UNICEF y el equipo coordinador de FyA.
 
La supervisión será permanente vía e-mail, teléfono u otros medios electrónicos disponibles.
 
Los siguientes criterios serán utilizados para la evaluación final de la consultoría:

5.1. Calidad de todos los productos de acuerdo con su contenido técnico;
5.2. La redacción en español lógica, clara y concisa;
5.3. Todos los productos estén de acuerdo con los principios emanados de la Convención sobre los Derechos del Niño;
5.4. Puntualidad en la entrega de todos productos.
 
Además de los productos entregados, la evaluación de la consultoría tomará en consideración otros elementos como: el desempeño y competencia técnica y profesional, incluyendo su comportamiento.
 
La revisión de los productos de la consultoría será realizada por UNICEF en coordinación con FyA.
 
6. Perfil

Profesional en Sociología, Estadística o carrera afín, con estudios de cuarto nivel en Ciencias Sociales. Al menos 10 años de experiencia comprobada en creación e implementación de Observatorios Sociales. Conocimiento comprobado sobre generación de conocimientos y gestión de la información. Conocimientos sobre los derechos de la niñez y adolescencia. Excelencia en la redacción de informes técnicos de investigación. Idioma español fluido (escrito y oral).
 
Competencias requeridas: comunicación, trabajo con otros, compromiso por resultados, capacidad de análisis, aplicación de conocimiento técnico, aprendizaje e investigación, planificación y organización.
 
7. Honoraria, Forma de Pago y Duración

Las personas postulantes deben presentar a UNICEF una propuesta técnica para la creación e implementación del observatorio, el cronograma de ejecución y el presupuesto detallado con los costos asociados, incluidos (si aplica) los honorarios de la/las persona/s que harán parte del equipo bajo la coordinación del consultor.

En caso de consultoría nacional, el pago será realizado en moneda local. En el caso de consultoría internacional, el pago será realizado en dólares americanos. El mismo será cancelado en dos pagos: el primero con la entrega conforme del producto 3.1; y un segundo pago con la entrega y conformidad de los productos 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5. Sin excepción, los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre de la persona contratada. En caso de no tener cuenta bancaria, la misma debe abrirse antes de comenzar el trabajo con UNICEF.
 
La consultoría requiere de tres meses de trabajo, a ser completados el 28 de febrero de 2018.
 
8.  Derecho de Propiedad Intelectual

UNICEF se reserva el derecho de propiedad de la documentación producida a través de esta consultoría. El/la consultor(a) no tendrá derecho de autor sobre los documentos y bases de datos resultantes de esta consultoría.
 
9.  Confidencialidad

Cualquier información relacionada a UNICEF, sus aliados, sus donantes, sus programas, proyectos y actividades que no sea pública y el consultor consigue a través de esta consultoría debe permanecer estrictamente confidencial.
 
10.  Inmunidades y Privilegios

UNICEF declara expresamente que, como Organismo Internacional perteneciente al sistema de las Naciones Unidas, está amparado por la Convención sobre Privilegios e Inmunidades aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 13 de febrero de 1946 y conforme con la ley aprobatoria del “Convenio entre el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Gobierno de Venezuela”, firmada en Caracas el  25 de octubre de 1967 y registrado en Gaceta Oficial No. 28.757 de fecha 18 de octubre de 1968.
 
11.  Otras Condiciones

En virtud que los términos de referencia se realizan en función de la entrega de los productos específicos en tiempos delimitados, por un monto de honorarios establecido. UNICEF no reconoce cargos, extensión de tiempo, o responsabilidad por rubros como vacaciones, licencias de maternidad o paternidad, sobretiempo, impuestos al ingreso del contratista, seguro médico, etc.
UNICEF es un organismo internacional neutral e independiente, sin vinculación alguna con tendencias políticas. En consecuencia, es requisito para los consultores adherirse al principio de neutralidad de la organización, evitando la participación en actividades de proselitismo político durante su vinculación con UNICEF.
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1. Fecha límite de aplicación: 23/10/2017
 
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