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Mission and objectives

Establecida en 1951, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) es la organización del Sistema de Naciones Unidas líder en el ámbito de la migración y está consagrada al principio de que la migración en forma ordenada y en condiciones humanas beneficia a los migrantes y a la sociedad. La OIM brinda apoyo a las personas migrantes en todo el mundo, desarrollando respuestas efectivas para la cambiante dinámica de la migración y, como tal, es una fuente clave de asesoramiento sobre políticas y prácticas migratorias. La Organización trabaja en el terreno en situaciones de emergencia, facilitando el desarrollo de la resiliencia de las personas en movimiento, y particularmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, además de promover la capacidad de los gobiernos a fin de manejar todas las formas de movilidad y sus impactos.

Es de esta forma que el trabajo de la OIM en Ecuador se enmarca en brindar una respuesta coordinada y eficaz, de la mano del gobierno y de las agencias de cooperación presentes en territorio.

Context

El artículo 392 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "El Estado velará por los derechos de las personas en movilidad humana y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno. El Estado diseñará, adoptará, ejecutará y evaluará políticas, planes, programas y proyectos, y coordinará la acción de sus organismos con la de otros Estados y organizaciones de la sociedad civil que trabajen en movilidad humana a nivel nacional e internacional".

En el marco del proceso de regularización de ciudadanos extranjeros en Ecuador, en su mayoría venezolanos, y de la emisión del Decreto Ejecutivo 436, que establecía dos procedimientos, uno para el registro de permanencia migratoria de los extranjeros en el país (a cargo del Ministerio de Interior) y otro para la regularización de los ciudadanos venezolanos y sus familias (a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana). A través del registro migratorio las personas recibían un certificado de registro de permanencia, cuyo alcance se desconoce y será desarrollado en un posterior Acuerdo Ministerial. El procedimiento de regularización fue extendido por 24 meses, a partir del cuarto mes de la publicación del Decreto en el Boletín Oficial.

De lo anterior, el Gobierno del presidente Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo No. 370, que establece una amnistía migratoria y un proceso extraordinario de regularización para personas de nacionalidad venezolana y su grupo familiar. Este proceso está destinado a aquellos que realizaron el Registro de Permanencia Migratoria según el Decreto Ejecutivo Nro. 436 de 1 de junio de 2022, pero cuyo Certificado de Registro ha caducado y no han obtenido un visado en los procesos anteriores de regularización VIRTE.

El Ministerio del Interior deberá habilitar un proceso extraordinario para renovar el Certificado de Registro de Permanencia Migratoria y expedir la autorización de permanencia en el país, que será válida hasta la conclusión del proceso extraordinario. Durante este tiempo, los beneficiarios podrán acceder a una Visa de Residencia Temporal de Excepción "VIRTE II".

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana implementará un proceso de regularización extraordinario mediante el otorgamiento de la Visa de Residencia Temporal de Excepción "VIRTE II", para aquellos que cuenten con la renovación del Certificado de Registro de Permanencia Migratoria y no representen una amenaza o riesgo para la seguridad pública.

Al respecto, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, ha identificado como una necesidad el fortalecimiento operativo de los procesos de registro de extranjeros en el Ecuador y la regularización de ciudadanos venezolanos, en el marco del incremento de los flujos migratorios y el aumento significativo de solicitudes para el proceso de regularización de ciudadanos venezolanos. Con estos antecedentes, con el fin de garantizar un proceso operativo para la tramitación de las solicitudes de visado, el Gobierno Nacional a través de la Cancillería, ha requerido al ACNUR el apoyo de 4 voluntarios ONU para que cumplan las funciones en el Centro de Emisión de Servicios Digitales (CESDI).

Task description

El Voluntario de la ONU estará bajo la supervisión técnica del director de Visas y Naturalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y/o su representante designado/a, bajo la supervisión directa de la función con el Oficial Asociado de Enlace con el Gobierno y/o de la Representante Adjunta y bajo el marco de la autoridad delegada por el ACNUR / OIM. El/la Voluntario/a de la ONU llevará a cabo las siguientes tareas:

- Asistir al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el proceso de regularización de solicitudes de visado de residencia temporal de excepción VIRTE II
- Revisar casos especiales para dar soluciones a los ciudadanos venezolanos que necesitan regularización.
-Colaborar dentro de los procesos de información a los beneficiarios sobre solicitudes de visados, en caso de ser requeridos por el Viceministerio de Movilidad Humana.
-Gestionar todos los aspectos relacionados con la emisión de visados y las actividades asociadas a este proceso.
-Cualquier otra actividad relacionada a la regularización de personas en movilidad humana requerida o asignada por el Viceministerio de Movilidad Humana.

Para la adecuada ejecución de esta asignación se considerará como responsabilidad de la entidad de acogida para con el voluntario ONU, lo siguiente:

- Sesiones informativas introductorias sobre la organización y el contexto de la oficina relacionado con seguridad, procedimientos en caso de emergencia, prácticas culturales apropiadas y orientación sobre el entorno local y cumplimiento del Código de Ética tanto de la Agencia Anfitriona como de la Entidad de Acogida;
- Orientaciones estructuradas, asesoría y coaching de un supervisor que incluye un plan de trabajo claro y una evaluación de desempeño en el marco de las Condiciones de Servicio de UNV y Código de Ética de la Agencia Anfitriona y Entidad de Acogida;
- Acceso a espacios de oficina, equipamientos, apoyo tecnológico y cualquier otra herramienta requerida para cumplir con los objetivos de la asignación;
- Apertura de una dirección de correo electrónico de la entidad de acogida.
- Acceso a herramientas y plataformas de conocimiento, capacitación y aprendizaje disponibles por parte de la entidad anfitriona.
- Inclusión de los voluntarios en los procedimientos para situaciones de emergencia como las evacuaciones.
- Gestión de licencias y vacaciones; aplicación de política de Recursos Humanos para la fuerza afiliada de la Entidad de Acogida y cumplimiento de Código de Ética y Condiciones de Servicio – UNV;
- Cualquier cambio en la Descripción de la Asignación que ocurra entre el periodo de reclutamiento y el inicio de la asignación o durante la misma, debe formalizarse con el Programa de Voluntarios de la ONU.

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